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Algunos apuntes para el próximo ejercicio

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a Ley de Presupuestos para el año 2011 ha incorporado, como viene siendo habitual, medidas de calado en el ámbito tributario. En sede del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la escala general y complementaria del impuesto, comprenderá dos nuevos tramos en la escala de gravamen estatal para rentas superiores a 120.000,20 euros y a 175.000,20 euros, incrementándose el tipo de gravamen respecto al máximo anterior en un 1% y un 2%, respectivamente.

Por otro lado, se suprime la deducción por nacimiento de hijos o adopción, con efectos desde el 1 de enero de 2011.

Igualmente, se establece un límite cuantitativo para la reducción del 40% en rendimientos irregulares, establecida en 300.000 euros anuales.

En lo referente a la deducción por inversión en vivienda habitual, a partir del 1 de enero de 2011, sólo podrán aplicarla los contribuyentes cuyas bases imponibles sean inferiores a 24.107,20 euros anuales. Afecta a este límite tanto las cantidades satisfechas para la compra o rehabilitación, como las cantidades depositadas en cuentas vivienda, así como las inversiones realizadas en obras e instalaciones de adecuación en la vivienda habitual por discapacidad. La base máxima de la deducción será de 9.040 euros para contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 17.707,20 euros, disminuyendo progresivamente para aquellos cuya base imponible se sitúe entre 17.707,20 y 24.107,20 euros. Para aquellos contribuyentes que hubieren adquirido o rehabilitado su vivienda antes del 1 de enero de 2011, se mantiene el régimen anterior.

Por último, y respecto a la reducción por arrendamiento de vivienda, con efectos desde 1 de enero de 2011, se ve incrementado del 50 al 60% el porcentaje de reducción del rendimiento neto por arrendamiento de vivienda. Por lo que se refiere a la reducción del 100% existente con la anterior regulación, queda limitada a los contratos suscritos a partir del 1 de enero de 2011, a aquellos supuestos en los que el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 30 años, rebajando así la edad máxima para acceder a este beneficio fiscal.