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Concursal

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L a entrada en vigor de la nueva Ley Concursal 22/2003, el pasado 1 de septiembre de 2004, ha supuesto un cambio de profundo calado en el tratamiento de la insolvencia en España. 

Desaparece la suspensión de pagos y la quiebra e instaura el concurso de acreedores como vía para resolver las situaciones de insolvencia.

La nueva normativa mercantil apuesta por la continuidad de las empresas en crisis gracias a un acuerdo entre los acreedores, facilitando con una fórmula totalmente transparente la reestructuración y reflotamiento de empresas y, en último extremo, su liquidación. Con la nueva legislación las empresas en falta de liquidez deben presentar voluntariamente un concurso antes de que se agoten todos sus activos y dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia. Ya no será posible que los empresarios cierren sus negocios dejando sin pagar a acreedores y trabajadores.

La nueva Ley también supone grandes responsabilidades para directivos y empresarios. Se endurece la obligación de ir a concurso cuando su empresa se encuentre en situación de insolvencia o ésta sea inminente. Muchos de los administradores no son conscientes de las gravísimas responsabilidades a las que habrá de hacer frente y que la inadecuada gestión empresarial pueda repercutir incluso en su propio patrimonio personal.

Nuestro «ESPECIAL MONOGRÁFICO SOBRE EL CONCURSO DE ACREEDORES EN LA LEGILACIÓN ESPAÑOLA»  pretende reunir los datos, fechas y plazos más significativos de este texto legal, las novedades más importantes y otros datos de interés de esta norma de especial importancia en el derecho mercantil societario español.